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Ley 1/2024, de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 24-04-2024

Tiempo de lectura: 11 min

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Ambito: Madrid

Estado: VIGENTE. Validez desde 25 de Abril de 2024

F. entrada en vigor: 25/04/2024

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 97

F. Publicación: 24/04/2024

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad Artículo 2. Definiciones Artículo 3. Ámbito de aplicación Artículo 4. Principios rectores Artículo 5. Objetivos
TÍTULO I. Ámbito competencial y planificación
Artículo 6. Competencias de la Comunidad de Madrid y de las entidades locales Artículo 7. Coordinación y garantía de los servicios municipales Artículo 8. Estrategia para el Fomento de la Economía Circular en la Comunidad de Madrid Artículo 9. Planes locales de Economía Circular Artículo 10. Integración de la economía circular en los instrumentos de planificación
TÍTULO II. Medidas tractoras para la economía circular
CAPÍTULO I. Condiciones ambientales en la contratación pública
Artículo 11. Fomento de la economía circular en la contratación pública. Ámbito de aplicación Artículo 12. Medidas ambientales de las prescripciones técnicas de los contratos Artículo 13. Consideraciones para la inclusión de medidas ambientales en las prescripciones técnicas de los contratos
CAPÍTULO II. Impulso empresarial, emprendimiento e inversión
Artículo 14. Inversiones empresariales de interés estratégico para la economía circular Artículo 15. Simbiosis industrial Artículo 16. Colaboración público-privada
CAPÍTULO III. Formación, empleo e I+D+i
Artículo 17. Formación y empleo Artículo 18. Investigación, desarrollo e innovación
TÍTULO III. Cadenas de valor prioritarias
Artículo 19. Implantación de la economía circular en las cadenas de valor prioritarias Artículo 20. Cadena de valor forestal, agroalimentaria y restauración Artículo 21. Cadena de valor de la construcción y edificación e infraestructuras Artículo 22. Cadena de valor del equipamiento eléctrico y electrónico y pilas Artículo 23. Cadena de valor del envase y del embalaje Artículo 24. Cadena de valor textil Artículo 25. Cadena de valor del transporte y la movilidad Artículo 26. Cadena de valor del agua
TÍTULO IV. Residuos y su circularidad
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 27. Gestión circular de los residuos Artículo 28. Medidas de prevención Artículo 29. Informes de los órganos competentes en materia de protección civil y emergencias Artículo 30. Garantías financieras de las actividades de gestión de residuos Artículo 31. Dotación de puntos limpios y otros puntos de recogida Artículo 32. Declaración de interés general Artículo 33. Planificación urbanística municipal Artículo 34. Responsabilidad en casos de abandonos incontrolados de residuos o basura dispersa
CAPÍTULO II. Subproductos y fin de la condición de residuo
Artículo 35. Subproductos Artículo 36. Fin de la condición de residuo
CAPÍTULO III. Responsabilidad ampliada del productor
Artículo 37. Sistemas de responsabilidad ampliada del productor Artículo 38. Sistemas voluntarios de responsabilidad ampliada del productor del producto
CAPÍTULO IV. Suelos contaminados
Artículo 39. Suelos contaminados Artículo 40. Recuperación voluntaria de suelos contaminados
TÍTULO V. Inspección, régimen sancionador y responsabilidad
Artículo 41. Competencia en inspección y sancionadora Artículo 42. Infracciones Artículo 43. Sanciones Artículo 44. Prescripción de infracciones y sanciones Artículo 45. Potestad sancionadora Artículo 46. Procedimiento sancionador Artículo 47. Multas coercitivas y ejecución subsidiaria Artículo 48. Publicidad
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Gestión de residuos a través de formas de la administración institucional D.A. 2ª. Tratamiento de residuos vegetales generados por pequeñas y microexplotaciones agrarias en el entorno agrario o silvícola
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Régimen transitorio relativo a las condiciones ambientales de contratación pública D.T. 2ª. Régimen transitorio de los suelos contaminados
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 6/1994, de 28 de junio, sobre el Parque Regional en torno a los ejes de los cursos bajos de los ríos Manzanares y Jarama D.F. 2ª. Habilitación de desarrollo normativo D.F. 3ª. Entrada en vigor ANEXO I. Informes de situación del suelo ANEXO II. Modificación coordenadas mapa n.º 7 del Anexo 1 de la Ley 6/1994, de 28 de julio