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Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte. - Boletín Oficial del Estado de 31-12-2022

Tiempo de lectura: 30 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 01/01/2023

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 314

F. Publicación: 31/12/2022

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Principios generales de la ordenación deportiva
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Derecho a la práctica deportiva. Artículo 3. Fines. Artículo 4. Marco específico de promoción de la igualdad efectiva en el deporte. Artículo 5. Reducción de la brecha social y de género en el ámbito de la actividad física y el deporte. Artículo 6. Personas con discapacidad y deporte inclusivo. Artículo 7. Práctica deportiva de las personas menores de edad. Artículo 8. Personas mayores y personas que habitan en el medio rural o en zonas con especiales dificultades demográficas. Artículo 9. Personas extranjeras. Artículo 10. Protección y bienestar de los animales y conservación del medio ambiente.
CAPÍTULO II. El interés público en el deporte de alto nivel
Artículo 11. Interés público estatal en el deporte de alto nivel. Artículo 12. Representación internacional.
TÍTULO I. De la organización administrativa del deporte
CAPÍTULO I. Dirección de la política estatal del deporte
Artículo 13. Dirección de la política estatal del deporte. Artículo 14. Competencias del Consejo Superior de Deportes. Artículo 15. Régimen jurídico y estructura del Consejo.
CAPÍTULO II. De las relaciones interadministrativas
Artículo 16. Relaciones de cooperación entre las Administraciones Públicas. Artículo 17. Conferencia Sectorial de Deporte. Artículo 18. Criterios generales de la ordenación deportiva interadministrativa.
TÍTULO II. De los actores del deporte
CAPÍTULO I. Clasificación y definiciones
Artículo 19. Clasificación. Artículo 20. Deportistas de alto nivel y de alto rendimiento. Artículo 21. Deportistas profesionales y no profesionales.
CAPÍTULO II. De los derechos y deberes de las personas deportistas
SECCIÓN 1.ª. De los derechos y deberes generales
Artículo 22. Derechos de las personas deportistas. Artículo 23. Deberes de las personas deportistas.
SECCIÓN 2.ª. De los derechos y deberes de las personas deportistas de alto nivel y alto rendimiento
Artículo 24. Derechos de las personas deportistas de alto nivel. Artículo 25. Deberes de las personas deportistas de alto nivel. Artículo 26. Derechos y deberes de las personas deportistas de alto rendimiento.
SECCIÓN 3.ª. De los derechos y deberes de las personas deportistas profesionales
Artículo 27. Derechos de las personas deportistas profesionales. Artículo 28. Deberes de las personas deportistas profesionales.
CAPÍTULO III. De la protección de la salud de las personas deportistas
Artículo 29. Protección de la salud de las personas deportistas. Artículo 30. Reconocimientos médicos. Artículo 31. Seguimiento de la salud. Artículo 32. De la protección de la salud cuando se finaliza la actividad deportiva. Artículo 33. Investigación asociada a la práctica deportiva. Artículo 34. Currículos formativos.
CAPÍTULO IV. De las personas deportistas en la competición o en la actividad deportiva no oficial
Artículo 35. Las personas deportistas en la competición o en la actividad deportiva no oficial.
CAPÍTULO V. Otros derechos de las personas deportistas
Artículo 36. Incorporación a las políticas de empleo.
CAPÍTULO VI. Arbitraje de alto nivel
Artículo 37. Profesionales del arbitraje de alto nivel.
CAPÍTULO VII. Personal técnico deportivo
Artículo 38. Personal técnico deportivo.
CAPÍTULO VIII. El voluntariado deportivo
Artículo 39. Voluntariado deportivo.
TÍTULO III. De las entidades deportivas
CAPÍTULO I. Disposiciones comunes
Artículo 40. Registro Estatal de Entidades Deportivas. Artículo 41. Facultades en materia de control económico. Artículo 42. Efectos de la declaración de utilidad pública.
CAPÍTULO II. De las federaciones deportivas españolas
SECCIÓN 1.ª. Naturaleza, órganos y estructura
Artículo 43. Naturaleza de las federaciones deportivas españolas. Artículo 44. Modalidades y especialidades deportivas. Artículo 45. Estructura y funcionamiento de las federaciones deportivas españolas. Artículo 46. Contenido mínimo de los estatutos de las federaciones deportivas españolas. Artículo 47. Reglas para la elección y designación de órganos.
SECCIÓN 2.ª. Federaciones deportivas autonómicas
Artículo 48. Integración de las federaciones deportivas autonómicas en la federación deportiva española correspondiente.
SECCIÓN 3.ª. Licencia deportiva
Artículo 49. Licencia deportiva.
SECCIÓN 4.ª. Funciones de las federaciones deportivas españolas
Artículo 50. Funciones a desarrollar bajo la tutela del Consejo Superior de Deportes. Artículo 51. Funciones propias de carácter privado de las federaciones deportivas españolas.
SECCIÓN 5.ª. Patrimonio y gestión económica de las federaciones deportivas españolas
Artículo 52. Patrimonio de las federaciones deportivas españolas. Artículo 53. Presupuesto y gestión económica. Artículo 54. Programas de Desarrollo Deportivo.
SECCIÓN 6.ª. Prevención de la insolvencia e iliquidez de las federaciones deportivas españolas
Artículo 55. Prevención de la insolvencia.
CAPÍTULO III. De las ligas profesionales
Artículo 56. Constitución y estructura. Artículo 57. Contenido mínimo de los estatutos de las ligas profesionales.
CAPÍTULO IV. Disposiciones comunes a federaciones deportivas y ligas profesionales
SECCIÓN 1.ª. Control económico
Artículo 58. Control económico.
SECCIÓN 2.ª. De la gobernanza de las federaciones deportivas y las ligas profesionales
Artículo 59. Normas de gobernanza. Artículo 60. Código de Buen Gobierno. Artículo 61. Transparencia de la información.
SECCIÓN 3.ª. Medidas adicionales de supervisión
Artículo 62. Facultades de actuación del Consejo Superior de Deportes.
CAPÍTULO V. De las entidades que participan en competiciones deportivas oficiales estatales
SECCIÓN 1.ª. De los clubes en competiciones no profesionales
Artículo 63. Reconocimiento de la condición de club.
SECCIÓN 2.ª. Entidades que pueden participar en competiciones profesionales
SUBSECCIÓN 1.ª. Cuestiones comunes
Artículo 64. Obligaciones. Artículo 65. Especialidades en materia de inscripción. Artículo 66. Cesión de deportistas a las selecciones españolas. Artículo 67. Participaciones significativas. Artículo 68. Posesión de títulos representativos en más de una entidad deportiva.
SUBSECCIÓN 2.ª. Régimen específico de las sociedades anónimas deportivas
Artículo 69. Constitución de las sociedades anónimas deportivas. Artículo 70. Capital mínimo. Artículo 71. Órgano de administración. Artículo 72. Mercados de valores. Artículo 73. Enajenación de instalaciones.
SUBSECCIÓN 3.ª. Régimen específico de los clubes que participen en competiciones profesionales
Artículo 74. Avales.
TÍTULO IV. De los Comités Olímpico y Paralímpico
Artículo 75. Naturaleza y funciones del Comité Olímpico Español. Artículo 76. Naturaleza y funciones del Comité Paralímpico Español. Artículo 77. Protección de sus elementos representativos.
TÍTULO V. De la actividad deportiva
CAPÍTULO I. De las competiciones
Artículo 78. Clasificación de las competiciones. Artículo 79. Competiciones oficiales. Artículo 80. Competiciones no oficiales. Artículo 81. Competiciones internacionales. Artículo 82. Competiciones federativas estatales y supra-autonómicas. Artículo 83. Competiciones profesionales. Artículo 84. Competiciones aficionadas. Artículo 85. Derechos de comercialización.
CAPÍTULO II. Responsabilidad de los organizadores de competiciones oficiales y no oficiales
Artículo 86. Responsabilidad de los organizadores de las competiciones oficiales. Artículo 87. Responsabilidad de los organizadores en las competiciones no oficiales.
CAPÍTULO III. Del deporte universitario
Artículo 88. Delimitación.
CAPÍTULO IV. Del deporte en edad escolar
Artículo 89. Delimitación. Artículo 90. Fomento de la actividad física y el deporte en edad infantil y adolescente.
CAPÍTULO V. De la actividad deportiva no oficial
Artículo 91. Competencia de las federaciones deportivas españolas en la actividad deportiva competitiva no oficial. Artículo 92. Acontecimiento deportivo competitivo no oficial de relevancia estatal.
CAPÍTULO VI. Deporte militar
Artículo 93. Organización y competencias del deporte militar.
TÍTULO VI. De la organización de las competiciones profesionales
CAPÍTULO I. Delimitación de la forma jurídica para la participación en la competición profesional
Artículo 94. Delimitación de la forma jurídica para la participación en la competición profesional.
CAPÍTULO II. De la organización de las competiciones profesionales
Artículo 95. Competencias de las ligas profesionales. Artículo 96. Convenios entre federación deportiva y liga profesional.
TÍTULO VII. Del régimen sancionador
CAPÍTULO I. Ámbito de aplicación
Artículo 97. Delimitación del ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. Régimen de responsabilidad
Artículo 98. Responsables. Artículo 99. Indicios de delito.
CAPÍTULO III. Del procedimiento sancionador
Artículo 100. Marco general. Artículo 101. Iniciación del procedimiento sancionador. Artículo 102. Medidas cautelares. Artículo 103. Ejecutoriedad.
CAPÍTULO IV. De las infracciones y sanciones
SECCIÓN 1.ª. De las infracciones
Artículo 104. Infracciones muy graves. Artículo 105. Infracciones graves. Artículo 106. Infracciones leves.
SECCIÓN 2.ª. De las sanciones
Artículo 107. Elementos comunes. Artículo 108. Sanciones por la comisión de infracciones de carácter muy grave. Artículo 109. Sanciones por la comisión de infracciones de carácter grave. Artículo 110. Sanciones por la comisión de infracciones de carácter leve.
SECCIÓN 3.ª. Extinción de la responsabilidad
Artículo 111. Causas de extinción de la responsabilidad derivada de las infracciones y de las sanciones. Artículo 112. Prescripción de infracciones y sanciones.
SECCIÓN 4.ª. Criterios para la determinación de la responsabilidad
Artículo 113. Determinación de la responsabilidad.
SECCIÓN 5.ª. De los órganos competentes
Artículo 114. Órganos competentes. Artículo 115. Requisitos para formar parte de los comités disciplinarios de las federaciones españolas deportivas.
TÍTULO VIII. De la solución de conflictos en el deporte
CAPÍTULO I. De la naturaleza de los actos
Artículo 116. Actos de carácter administrativo. Artículo 117. Actuaciones de carácter privado.
CAPÍTULO II. De la resolución de conflictos
Artículo 118. Régimen de impugnación de actos administrativos. Artículo 119. Conflictos de naturaleza privada.
CAPÍTULO III. Tribunal Administrativo del Deporte
Artículo 120. Tribunal Administrativo del Deporte.
TÍTULO IX. De la planificación de las instalaciones deportivas al servicio del deporte
Artículo 121. Medios para el fomento de la construcción de instalaciones deportivas de interés estatal. Artículo 122. Red de Centros de Alto Rendimiento y de Tecnificación Deportiva. Artículo 123. Centros de alto rendimiento y centros de tecnificación. Artículo 124. Instalaciones deportivas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Especificaciones o graduaciones en infracciones o sanciones. D.A. 2ª. Principio de no causar daño significativo al medio ambiente. D.A. 3ª. Infracciones y sanciones en materia de dopaje y de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia, la homofobia y la intolerancia. D.A. 4ª. Actualización de importes. D.A. 5ª. Referencias normativas. D.A. 6ª. Reconocimiento de la confederación. D.A. 7ª. Régimen de las federaciones deportivas españolas legalmente constituidas. D.A. 8ª. Régimen de las competiciones y ligas profesionales preexistentes. D.A. 9ª. Adaptación de la normativa interna de las entidades deportivas. D.A. 10ª. Clubes deportivos estatales. D.A. 11ª. Régimen de integración de las federaciones deportivas españolas y autonómicas. D.A. 13ª. Clubes del Principado de Andorra. D.A. 14ª. Pilota valenciana. D.A. 15ª. Comunidades Autónomas. D.A. 16ª. Representación de las personas deportistas en situaciones concursales por asociaciones y sindicatos. D.A. 17ª. Legitimación para negociar convenios colectivos. D.A. 18ª. Beneficios fiscales aplicables al programa deportivo «RETO DE».
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Entes de Promoción Deportiva. D.T. 2ª. Secciones del Registro Estatal de Entidades Deportivas. D.T. 3ª. Régimen disciplinario.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. ÚNICA. Derogación de normas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego. D.F. 3ª. Títulos competenciales. D.F. 4ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 5ª. Estatuto del Deportista. D.F. 6ª. Regulación de las profesiones del deporte. D.F. 7ª. Homologación, validación y equivalencia de títulos. D.F. 8ª. Entrada en vigor.