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Orden ISM/1547/2025, de 23 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2026. - Boletín Oficial del Estado de 30-12-2025

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2026

F. entrada en vigor: 01/01/2026

Órgano emisor: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 314

F. Publicación: 30/12/2025

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales relativas a la gestión colectiva de ofertas de empleo
Artículo 1. Previsión anual de la gestión colectiva de las contrataciones en origen. Artículo 2. Características de las ofertas de empleo. Artículo 3. Sujetos legitimados para solicitar la gestión colectiva de ofertas de empleo. Artículo 4. Garantías para las personas trabajadoras. Artículo 5. Causas de denegación de la gestión colectiva de ofertas de empleo y de exclusión de las personas trabajadoras en el procedimiento de gestión colectiva de contrataciones en origen.
CAPÍTULO II. Disposiciones relativas a los programas de migración circular
Artículo 6. Periodo anual de trabajo durante la vigencia de la autorización plurianual de trabajo. Artículo 7. Garantías específicas para migración circular. Artículo 8. Procedimiento de acreditación del cumplimiento del compromiso de retorno. Artículo 9. Cumplimiento del compromiso de retorno. Artículo 10. Prórrogas de actividades de temporada durante la vigencia de la autorización. Artículo 11. Renovación de las autorizaciones de trabajo para la migración circular tras la finalización de su vigencia. Artículo 12. Modificación de las autorizaciones de migración circular a autorizaciones de residencia y trabajo. Artículo 13. Requisitos y procedimiento de autorización de cambios de empleador o empleadora y de ámbito geográfico.
CAPÍTULO III. Disposiciones relativas a los proyectos de migración estable
Artículo 14. Elementos básicos de la contratación colectiva para proyectos de migración estable. Artículo 15. Determinación de puestos estables.
CAPÍTULO IV. De la gestión de ofertas genéricas de empleo en migración circular y estable
Artículo 16. Presentación de solicitudes y órgano de tramitación de solicitudes de gestión de ofertas genéricas de empleo. Artículo 17. Documentación que debe presentarse junto a la solicitud de gestión de ofertas genéricas de empleo. Artículo 18. Tramitación de las solicitudes de gestión de ofertas genéricas de empleo. Artículo 19. Selección de las personas trabajadoras en el exterior. Artículo 20. Procedimiento relativo a autorizaciones de residencia temporal y trabajo derivadas de la gestión de ofertas genéricas de empleo. Artículo 21. Autorización provisional de residencia supeditada a la obtención de una certificación o habilitación profesional para el ejercicio de una profesión.
CAPÍTULO V. De la gestión de ofertas de empleo de carácter nominativo
Artículo 22. Gestión de ofertas de empleo de carácter nominativo. Artículo 23. Modelos de solicitud y documentación para la gestión de ofertas de empleo de carácter nominativo. Artículo 24. Presentación de solicitudes y órgano de tramitación de solicitudes de gestión de ofertas de empleo de carácter nominativo. Artículo 25. Tramitación de las solicitudes de gestión de ofertas de empleo de migración circular de carácter nominativo.
CAPÍTULO VI. De los procedimientos de gestión de ofertas de empleo de forma unificada y concatenada
Artículo 26. Procedimiento de gestión unificada de ofertas de empleo. Artículo 27. Procedimiento de gestión concatenada de ofertas de empleo.
CAPÍTULO VII. De los visados
Artículo 28. Visados y documentación.
CAPÍTULO VIII. Del seguimiento de la orden de gestión colectiva
Artículo 29. Coordinación y seguimiento. Artículo 30. Las Comisiones Provinciales de Flujos Migratorios.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Régimen jurídico aplicable. D.A. 2ª. Órganos competentes. D.A. 3ª. No incremento del gasto público.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Revisión semestral de la previsión anual. D.F. 3ª. Ejecución y desarrollo. D.F. 4ª. Vigencia. ANEXO I ANEXO II ANEXO II.A ANEXO II.A2 ANEXO II.B ANEXO II.C ANEXO III (A) ANEXO III (B) ANEXO III (C) ANEXO III (D) ANEXO III (E) ANEXO III (F) ANEXO III (G) ANEXO III (H) ANEXO III (I) ANEXO IV ANEXO V ANEXO VI ANEXO VII ANEXO VIII ANEXO IX ANEXO X