DECRETO 60/2025, de 21 de julio, por el que se regulan las entidades de certificación de conformidad municipal en la Comunidad Autónoma de Galicia y su registro. - Diario Oficial de Galicia de 28-07-2025
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Ambito: Galicia
Estado: VIGENTE. Validez desde 17 de Agosto de 2025
F. entrada en vigor: 17/08/2025
Órgano emisor: Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras
Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 142
F. Publicación: 28/07/2025
Documento oficial en PDF: Enlace
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
CAPÍTULO I Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Régimen jurídico
Artículo 3. Ámbito de aplicación
CAPÍTULO II Entidades de certificación de conformidad municipal
Artículo 4. Definición
Artículo 5. Funciones
Artículo 6. Principios de actuación
Artículo 7. Requisitos
Artículo 8. Personal
Artículo 9. Máximo cargo de responsabilidad técnica
CAPÍTULO III Registro de Entidades de Certificación de Conformidad Municipal de la Comunidad Autónoma de Galicia
SECCIÓN 1ª. Disposiciones generales
Artículo 10. Naturaleza
Artículo 11. Estructura y gestión
Artículo 12. Datos inscribibles
Artículo 13. Constancia de la inscripción en el registro
SECCIÓN 2ª. Procedimiento de inscripción
Artículo 14. Solicitud de inscripción
Artículo 15. Documentación complementaria
Artículo 16. Comprobación de datos
Artículo 17. Enmienda de la solicitud
Artículo 18. Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud
Artículo 19. Resolución
Artículo 20. Notificaciones
SECCIÓN 3ª. Efectos y vigencia de la inscripción
Artículo 21. Efectos de la inscripción
Artículo 22. Plazo de vigencia
SECCIÓN 4ª. Modificación, suspensión y cancelación de la inscripción
Artículo 23. Modificación de la inscripción
Artículo 24. Suspensión de la inscripción
Artículo 25. Cancelación de la inscripción
Artículo 26. Procedimiento para la suspensión y la cancelación de la inscripción
CAPÍTULO IV Régimen de funcionamiento
SECCIÓN 1ª. Disposiciones comunes
Artículo 27. Actuación de las ECCOM
Artículo 28. Documentación
Artículo 29. Régimen de responsabilidad
SECCIÓN 2ª. Función de certificación de conformidad
Artículo 30. Objeto
Artículo 31. Certificación de conformidad
Artículo 32. Presentación de la certificación de conformidad
Artículo 33. Efectos de la presentación de la certificación de conformidad
Artículo 34. Modificación de las certificaciones de conformidad a instancia de los ayuntamientos
SECCIÓN 3ª. Función de colaboración con la Administración municipal
Artículo 35. Objeto
Artículo 36. Instrumentación de la colaboración
Artículo 37. Documentación
Artículo 38. Actas e informes
Artículo 39. Dictámenes de colaboración
Artículo 40. Constatación de deficiencias o irregularidades
SECCIÓN 4ª. Función de colaboración en el control periódico de conformidad
Artículo 41. Objeto
Artículo 42. Documentación
Artículo 43. Realización del control periódico de conformidad
CAPÍTULO V Obligaciones y control
Artículo 44. Obligaciones generales
Artículo 45. Obligaciones respecto de los ayuntamientos
Artículo 46. Obligaciones respecto de las personas y entidades usuarias o destinatarias de sus servicios
Artículo 47. Fijación de precios y publicidad
Artículo 48. Prohibiciones e incompatibilidades
Artículo 49. Control e inspección
Artículo 50. Reclamaciones contra las actuaciones de las ECCOM
Artículo 51. Régimen sancionador
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Exclusión de la intervención de las ECCCOM
D.A. 2ª. Actualización de modelos normalizados
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Régimen transitorio del Registro de Entidades de Certificación de Conformidad Municipal de la Comunidad Autónoma de Galicia
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa
D.F. 2ª. Entrada en vigor
ANEXO I
ANEXO II
ANEXO III
