LEY 8/2024, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de accesibilidad universal de la Comunitat Valenciana. - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 07-01-2025
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Ambito: Comunidad Valenciana
Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Julio de 2025
F. entrada en vigor: 08/01/2025
Órgano emisor: Presidencia de la Generalitat
Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 10019
F. Publicación: 07/01/2025
Documento oficial en PDF: Enlace
PREÁMBULO
TÍTULO I. Disposiciones generales
CAPÍTULO I. Objeto, definiciones y ámbito de aplicación
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Principios informadores
Artículo 3. Definiciones
Artículo 4. Ámbito de aplicación
Artículo 5. Desarrollo de las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación
CAPÍTULO II. Medidas administrativas
Artículo 6. Medidas contra la discriminación
Artículo 7. Medidas de fomento
Artículo 8. Medidas de acción positiva
Artículo 9. Medidas de control administrativo previo
Artículo 10. Control administrativo posterior
Artículo 11. Medidas en materia de contratación pública
Artículo 12. Coordinación administrativa y promoción de la accesibilidad universal inclusiva
Artículo 13. Símbolos de accesibilidad
TÍTULO II. Competencias de las administraciones públicas
Artículo 14. Competencias de la administración de la Generalitat
Artículo 15. Competencias de las entidades locales
TÍTULO III. Disposiciones específicas de accesibilidad en diferentes ámbitos
CAPÍTULO I. Accesibilidad en las comunicaciones, telecomunicaciones y servicios de sociedad de la información
SECCIÓN 1.ª. Accesibilidad en las comunicaciones
Artículo 16. Información y comunicación accesibles
Artículo 17. Accesibilidad en los elementos de información y señalización
Artículo 18. Medidas para garantizar la comunicación en acontecimientos de difusión pública
Artículo 19. Acontecimientos accesibles
Artículo 20. Campañas de publicidad institucional de interés público
SECCIÓN 2.ª. Accesibilidad en las telecomunicaciones y servicios de sociedad de la información
Artículo 21. Condiciones de accesibilidad en la comunicación en productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y sitios web públicos
Artículo 22. Requisitos de accesibilidad y usabilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles
Artículo 23. Programación del servicio público de radiodifusión y televisión autonómica
CAPÍTULO II. Accesibilidad en espacios públicos urbanizados, espacios naturales, infraestructuras y edificación
SECCIÓN 1.ª. Accesibilidad en espacios públicos urbanizados
Artículo 24. Espacios públicos urbanizados
Artículo 25. Garantías de la accesibilidad a los espacios públicos urbanizados
Artículo 26. Elementos de urbanización y mobiliario urbano
Artículo 27. Configuración de playas urbanas accesibles
Artículo 28. Condiciones para el acceso y la utilización de tramos urbanos de playas urbanas accesibles y su acreditación administrativa
Artículo 29. Cabinas de higiene en espacios públicos
SECCIÓN 2.ª. Accesibilidad en espacios naturales
Artículo 30. Espacios públicos naturales
Artículo 31. Medidas para garantizar la difusión, el desarrollo territorial sostenible y la accesibilidad universal de los espacios públicos naturales
Artículo 32. Planes de accesibilidad de espacios naturales protegidos
Artículo 33. Planes de accesibilidad de parajes y espacios naturales de interés local
SECCIÓN 3.ª. Accesibilidad en infraestructuras
Artículo 34. Infraestructuras
Artículo 35. Memorias de accesibilidad para la implantación de infraestructuras en el territorio
SECCIÓN 4.ª. Accesibilidad en edificios de uso residencial y vivienda
Artículo 36. Condiciones básicas de accesibilidad en edificios de uso residencial
Artículo 37. Accesibilidad en las edificaciones de nueva construcción
Artículo 38. Accesibilidad en las edificaciones existentes
Artículo 39. Reserva de viviendas para personas con discapacidad y condiciones de accesibilidad
Artículo 40. Cumplimiento de normativa técnica de edificación
Artículo 41. Ajustes razonables y tolerancias admisibles en edificaciones existentes
Artículo 42. Edificaciones de valor histórico-artístico
CAPÍTULO III. Accesibilidad en el transporte
SECCIÓN 1.ª. Disposiciones generales
Artículo 43. Ámbito de aplicación y medios de transporte
SECCIÓN 2.ª. Vehículos de transporte y servicio público
Artículo 44. Accesibilidad en el transporte público
Artículo 45. Taxis adaptados para personas con discapacidad
SECCIÓN 3.ª. Vehículos de uso privado
Artículo 46. Tarjeta de estacionamiento y plazas reservadas
Artículo 47. Condiciones de uso de la tarjeta y medidas de control
CAPÍTULO IV. Accesibilidad en bienes, productos y servicios a disposición del público
SECCIÓN 1.ª. Disposiciones generales
Artículo 48. Condiciones básicas de accesibilidad en bienes y servicios a disposición del público
Artículo 49. Accesibilidad en los productos
Artículo 50. Accesibilidad en los servicios a disposición del público
SECCIÓN 2.ª. Centros y servicios sanitarios
Artículo 51. Centros sanitarios de atención primaria y especializada
SECCIÓN 3.ª. Centros y servicios educativos, formativos y de enseñanza universitarias
Artículo 52. Derecho a la educación y garantías para la accesibilidad en los servicios educativos
Artículo 53. Medidas socioeducativas para garantizar la inclusión social de las personas con discapacidad
Artículo 54. Medidas y garantías adicionales en el ámbito de la educación universitaria
Artículo 55. Medidas para garantizar la formación en materia de accesibilidad en los planes de estudio
Artículo 56. Plan de garantías de la accesibilidad en centros educativos de titularidad de la Generalitat y sostenidos con fondos públicos
SECCIÓN 4.ª. Centros y servicios sociales
Artículo 57. Garantías de accesibilidad e igualdad de oportunidades
SECCIÓN 5.ª. Centros y servicios culturales
Artículo 58. Museos
Artículo 59. Bibliotecas
Artículo 60. Otros servicios de difusión y exposición del patrimonio cultural
Artículo 61. Fomento de lectura fácil y comprensible para todas las personas
SECCIÓN 6.ª. Equipamientos e instalaciones deportivas
Artículo 62. Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación en instalaciones deportivas
SECCIÓN 7.ª. Establecimientos comerciales
Artículo 63. Establecimientos comerciales de venta o suministro de bienes
SECCIÓN 8.ª. Servicios turísticos
Artículo 64. Promoción de la accesibilidad en establecimientos y servicios turísticos de alojamiento y de restauración
SECCIÓN 9.ª. Instalaciones y servicios vinculados a espectáculos públicos y actividades recreativas y de ocio
Artículo 65. Auditorios, teatros, cines y salones de actos o de uso polivalente
CAPÍTULO V. Accesibilidad en las relaciones de las administraciones públicas y la ciudadanía
Artículo 66. Relaciones con las administraciones públicas
Artículo 67. Desarrollo de las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación en el ámbito de las relaciones con las administraciones públicas
Artículo 68. Accesibilidad de los servicios de atención a la ciudadanía
Artículo 69. Accesibilidad en procesos electorales
CAPÍTULO VI. Accesibilidad en la administración de justicia
Artículo 70. Accesibilidad en los edificios y servicios de la administración de justicia
CAPÍTULO VII. Accesibilidad en el empleo
Artículo 71. Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el empleo
Artículo 72. Obligación de realizar ajustes razonables de los puestos de trabajo
Artículo 73. Procedimiento
Artículo 74. Medidas de fomento
CAPÍTULO VIII. Accesibilidad en situaciones de crisis o emergencias
Artículo 75. Accesibilidad en planes de emergencia y de protección civil
TÍTULO IV. Planes de promoción y garantía de la accesibilidad universal
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 76. Contenido, objetivos y ámbitos de actuación
Artículo 77. Publicidad de los planes
Artículo 78. Supresión de barreras existentes y planes sectoriales
CAPÍTULO II. Planes sectoriales de accesibilidad autonómicos
Artículo 79. Ámbitos de actuación
CAPÍTULO III. Planes municipales de accesibilidad universal
Artículo 80. Definición y fines
Artículo 81. Contenido y objetivos específicos
Artículo 82. Financiación
Artículo 83. Ejecución y revisión de los planes municipales
TÍTULO V. Consejo Valenciano de Promoción y Garantía de la Accesibilidad Universal y otros órganos de participación local
CAPÍTULO I. Consejo Valenciano de Promoción y Garantía de la Accesibilidad Universal
Artículo 84. Composición y funcionamiento
Artículo 85. Funciones
CAPÍTULO II. Órganos de participación local
Artículo 86. Consejos locales para la promoción de la accesibilidad universal
TÍTULO VI. Régimen sancionador
CAPÍTULO I. Régimen de infracciones y sanciones
Artículo 87. Tipos de infracciones
Artículo 88. Personas responsables
Artículo 89. Personas interesadas
Artículo 90. Infracciones leves
Artículo 91. Infracciones graves
Artículo 92. Infracciones muy graves
Artículo 93. Sanciones
Artículo 94. Criterios de graduación de las sanciones
Artículo 95. Sanciones accesorias
Artículo 96. Cumplimiento de las obligaciones en materia de accesibilidad
Artículo 97. Prescripción de infracciones y sanciones
Artículo 98. Distribución de competencias en materia sancionadora
Artículo 99. Deber de colaboración
CAPÍTULO II. Procedimiento y competencias
Artículo 100. Procedimiento sancionador
Artículo 101. Garantía de accesibilidad de los procedimientos
Artículo 102. Publicidad de las resoluciones sancionadoras
Artículo 103. Órganos competentes
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Mantenimiento de condiciones de accesibilidad de edificios y espacios de uso público de titularidad pública
D.A. 2ª. Mantenimiento de los edificios y espacios de titularidad privada. Ejecución subsidiaria de obras que constituyen ajustes razonables en edificios de propiedad horizontal
D.A. 3ª. Mantenimiento de condiciones de accesibilidad de edificios de vivienda
D.A. 4ª. Mantenimiento de condiciones de accesibilidad de edificios y servicios sociales de atención residencial o diurna
D.A. 5ª. Mantenimiento de condiciones de accesibilidad en el transporte público y elementos de transportes
D.A. 6ª. Mantenimiento de condiciones de accesibilidad en los productos y servicios de uso público
D.A. 7ª. Mantenimiento de condiciones de accesibilidad en los sitios web de la administración y entidades del sector público
D.A. 8ª. Protección de datos de carácter personal
D.A. 9ª. Consideración preferente a la accesibilidad universal en el medio rural
D.A. 10ª. Información sobre el desarrollo y aplicación de esta ley
D.A. 11ª. Fomento de lectura fácil y comprensible para todos
D.A. 12ª. Accesibilidad y diseño para personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Cumplimiento de condiciones específicas de accesibilidad de las oficinas de información y registro de documentos y puntos de información a la ciudadanía
D.T. 2ª. Condiciones urbanísticas aplicables para la ocupación de espacios libres o de dominio público con ascensores
D.T. 3ª. Planes de accesibilidad en los espacios naturales de uso público
D.T. 4ª. Formación universitaria en materia de accesibilidad universal, diseño para todas las personas y defensa de derechos de las personas con discapacidad
D.T. 5ª. Plazo para la acreditación de las condiciones de accesibilidad en bibliotecas y museos
D.T. 6ª. Plazo para la acreditación de las reservas de plazas en instalaciones deportivas y en auditorios, cines y salas de actos o de uso polivalente vinculados a espectáculos públicos
D.T. 7ª. Legislación adaptada en textos de lectura fácil
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 9/2009, de 20 de noviembre, de la Generalitat, de accesibilidad universal al sistema de transportes de la Comunitat Valenciana
D.F. 2ª. Modificación de la Ley 12/2003, de 10 de abril, de la Generalitat, sobre perros de asistencia para personas con discapacidades
D.F. 3ª. Desarrollo reglamentario
D.F. 4ª. Entrada en vigor
ANEXO
