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Ley 13/2025, de 29 de diciembre, de los derechos de las personas LGBTI y la erradicación de la LGBTI-fobia - Diario Oficial de Cataluña de 31-12-2025

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Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 20 de Enero de 2026

F. entrada en vigor: 20/01/2026

Órgano emisor: Departamento de la Presidencia

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 9574

F. Publicación: 31/12/2025

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Finalidades Artículo 3. Ámbitos de aplicación Artículo 4. Definiciones Artículo 5. Discriminación LGBTI-fóbica Artículo 6. Formas de violencia LGBTI-fóbica Artículo 7. Ámbitos de la LGBTI-fobia Artículo 8. Principios orientadores de la actuación de los poderes públicos Artículo 9. Documentación administrativa y comunicación de la identidad de género Artículo 10. Tratamiento administrativo de la identidad de género
TÍTULO I. Derechos y diligencia debida
Artículo 11. Garantía del derecho a la igualdad de trato y no discriminación Artículo 12. Derechos y principios Artículo 13. Derecho al libre desarrollo de la personalidad y la identidad de género Artículo 14. Derecho de admisión Artículo 15. Obligación de asegurar una protección integral, real y efectiva de los derechos Artículo 16. Obligaciones en relación con la discriminación y la LGBTI-fobia Artículo 17. Sensibilización, visibilización y promoción institucional Artículo 18. Formación y sensibilización Artículo 19. Deber de intervención Artículo 20. Protección de las entidades y personas defensoras de los derechos LGBTI
TÍTULO II. Gobernanza y coordinación de las políticas LGBTI
CAPÍTULO I. Red de Servicios de Atención Integral LGBTI y coordinación entre administraciones
Artículo 21. Funciones de los entes locales Artículo 22. Mundo rural Artículo 23. Coordinación de las políticas públicas LGBTI Artículo 24. Red de Servicios de Atención Integral LGBTI Artículo 25. Servicios de atención integral LGBTI Artículo 26. Gestión y financiación de la Red de Servicios de Atención Integral LGBTI
CAPÍTULO II. Participación de las entidades
Artículo 27. Consejo Nacional LGBTI Artículo 28. Fomento de la participación de las entidades defensoras de los derechos de las personas LGBTI
CAPÍTULO III. Herramientas e instrumentos administrativos para la promoción de la igualdad
Artículo 29. Contratación del sector público Artículo 30. Ayudas públicas Artículo 31. Elaboración de estudios, recogida de datos y garantía estadística Artículo 32. Actualización de archivos, bases de datos y sistemas de información
TÍTULO III. Políticas públicas para promover la igualdad efectiva de las personas LGBTI
CAPÍTULO I. Educación y universidades
Artículo 33. Educación Artículo 34. Protocolos de acompañamiento y prevención en el ámbito educativo Artículo 35. Medidas en el ámbito de la educación para garantizar el libre desarrollo de la identidad y la expresión de género Artículo 36. Universidades, centros docentes de enseñanza superior y centros e instituciones de investigación Artículo 37. Promoción de la investigación Artículo 38. Medidas en el ámbito universitario en relación con las personas trans y las personas intersexuales
CAPÍTULO II. Salud
Artículo 39. Salud Artículo 40. Protección del derecho a la salud física, mental, sexual y reproductiva de las personas trans e intersexuales Artículo 41. Atención sanitaria a las personas trans e intersexuales en el ámbito sexual y reproductivo Artículo 42. Modelo de atención a la salud de las personas trans Artículo 43. Atención sanitaria a las personas trans Artículo 44. Atención sanitaria a las personas trans menores de edad Artículo 45. Atención sanitaria a las personas intersexuales Artículo 46. Personal sanitario
CAPÍTULO III. Trabajo y empleo
Artículo 47. Integración del derecho a la igualdad de trato y no discriminación y la igualdad de oportunidades de las personas LGBTI en el ámbito laboral Artículo 48. Medidas y actuaciones para el empleo Artículo 49. Medidas para la inserción laboral de las personas trans Artículo 50. Acceso al empleo público
CAPÍTULO IV. Acción social y vivienda
Artículo 51. Disposiciones generales en materia de acción social Artículo 52. Acción social relativa a adolescentes y jóvenes LGBTI Artículo 53. Acción social relativa a las personas mayores LGBTI Artículo 54. Formación en los centros de atención a las personas mayores Artículo 55. Acción social relativa a las personas LGBTI con discapacidad intelectual y del desarrollo Artículo 56. Apoyo y protección de las personas trans en riesgo de exclusión social Artículo 57. Vivienda
CAPÍTULO V. Familias LGBTI
Artículo 58. Familias LGBTI
CAPÍTULO VI. Cultura, tiempo libre, deporte y ocio
Artículo 59. Cultura Artículo 60. Tiempo libre Artículo 61. Deporte Artículo 62. Ocio
CAPÍTULO VII. Migraciones, refugio y cooperación internacional
Artículo 63. Políticas de migración y refugio Artículo 64. Cooperación internacional
CAPÍTULO VIII. Seguridad, emergencias y ámbito judicial
Artículo 65. Cuerpos y fuerzas de seguridad y emergencias Artículo 66. Medidas relativas a la situación de privación de libertad Artículo 67. Administración de justicia
CAPÍTULO IX. Memoria democrática del movimiento LGBTI
Artículo 68. Aspectos generales de memoria democrática del movimiento LGBTI Artículo 69. Visibilización de las lesbianas Artículo 70. Memoria democrática del colectivo trans
CAPÍTULO X. Información y comunicación
Artículo 71. Medios de comunicación Artículo 72. Consejo del Audiovisual de Cataluña Artículo 73. Tratamiento de datos personales Artículo 74. Autoridad Catalana de Protección de Datos
TÍTULO IV. Medidas de reparación
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 75. Tutela judicial y administrativa del derecho a la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGBTI Artículo 76. Legitimación para la defensa del derecho a la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGBTI Artículo 77. Derecho a una protección y atención integrales, reales y efectivas Artículo 78. Acusación popular Artículo 79. Contravención de la ley en el ámbito contractual Artículo 80. Derecho a la atención y asistencia jurídica Artículo 81. Inversión de la carga de la prueba
CAPÍTULO II. Régimen de infracciones y sanciones
Artículo 82. Concepto de infracción Artículo 83. Derechos de la víctima en el procedimiento sancionador Artículo 84. Responsables Artículo 85. Procedimientos en casos de responsabilidad pública Artículo 86. Concurrencia con el orden jurisdiccional penal Artículo 87. Procedimiento Artículo 88. Competencia Artículo 89. Infracciones Artículo 90. Sanciones Artículo 91. Graduación de las sanciones Artículo 92. Reparaciones Artículo 93. Medidas accesorias o sustitutorias Artículo 94. Medidas alternativas de resolución de conflictos Artículo 95. Prescripción de las infracciones y las sanciones
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Impacto social de la Ley D.A. 2ª. Plan de formación de los departamentos D.A. 3ª. Cooperación y colaboración entre instituciones D.A. 4ª. Órgano competente en materia sancionadora y reparadora de los daños a las víctimas de discriminación D.A. 5ª. Acceso de las mujeres trans a los servicios de información y atención a las mujeres y a los servicios de intervención especializada
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Procedimiento sancionador
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña D.F. 2ª. Aplicación supletoria de la Ley 19/2020 D.F. 3ª. Desarrollo reglamentario D.F. 4ª. Afectación presupuestaria D.F. 5ª. Entrada en vigor