Legislación
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DECRETO 153/2019, de 3 de julio, de gestión de la fertilización del suelo y de las deyecciones ganaderas y de aprobación del programa de actuación en las zonas vulnerables en relación con la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias. - Diario Oficial de Cataluña de 05-07-2019

Tiempo de lectura: 21 min

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Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 16 de Febrero de 2023

F. entrada en vigor: 25/07/2019

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 7911

F. Publicación: 05/07/2019

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CAPÍTULO 1. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Definiciones Artículo 4. Cálculo del índice de carga ganadera Artículo 5. Cálculo del nitrógeno aportado por las deyecciones ganaderas
CAPÍTULO 2. De las personas gestoras de deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados
Artículo 6. Personas gestoras de deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados Artículo 7. Obligaciones y responsabilidades de las personas gestoras de deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados Artículo 8. Centros de gestión de deyecciones ganaderas
CAPÍTULO 3. Gestión de las deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados en el marco agrario
SECCIÓN 1. De la gestión de las deyecciones ganaderas en el ámbito de las explotaciones ganaderas
Artículo 9. Reducción en la excreción del nitrógeno del ganado mediante la mejora de la alimentación o los sistemas de manejo Artículo 10. Instalaciones de almacenamiento individual de las deyecciones ganaderas Artículo 11. Autonomía de almacenamiento Artículo 12. Instalaciones de tratamiento de deyecciones ganaderas en origen Artículo 13. Requisitos de ubicación de las instalaciones de almacenamiento y de tratamiento de las deyecciones ganaderas en origen Artículo 14. Transporte de deyecciones ganaderas y otros fertilizantes orgánicos
SECCIÓN 2. De la gestión de las deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados en el ámbito agrícola
Artículo 15. Medidas de carácter general Artículo 16. Maduración de deyecciones ganaderas en destino Artículo 17. Instalaciones de almacenamiento en destino Artículo 18. Periodos en que no se pueden aplicar fertilizantes nitrogenados Artículo 19. Cantidades máximas de nitrógeno aplicables a los cultivos en zonas no designadas como vulnerables Artículo 20. Cantidades máximas de nitrógeno aplicables a los cultivos en zonas vulnerables Artículo 21. Fraccionamiento de la fertilización nitrogenada Artículo 22. Método de aplicación de los fertilizantes nitrogenados Artículo 23. Equipos de aplicación de deyecciones Artículo 24. Incorporación de los fertilizantes nitrogenados dentro del suelo Artículo 25. Aplicación de fertilizantes nitrogenados en terrenos de fuerte pendiente Artículo 26. Aplicación de fertilizantes nitrogenados en terrenos encharcados, inundables, helados o nevados Artículo 27. Distancias a respetar en aplicación de fertilizantes nitrogenados Artículo 28. Pastos sin aprovechamiento mixto Artículo 29. Concentraciones máximas de nutrientes en el suelo Artículo 30. Lixiviados de fertirrigación Artículo 31. Acopio temporal de fertilizantes orgánicos a la explotación agrícola Artículo 32. Asesoramiento en fertilización
CAPÍTULO 4. Régimen de intervención en la gestión de las deyecciones ganaderas
Artículo 33. Plan de gestión de las deyecciones ganaderas Artículo 34. Contenido del plan de gestión de las deyecciones ganaderas Artículo 35. Tramitación del plan de gestión Artículo 36. Modificación del plan de gestión Artículo 37. Libro de gestión de fertilizantes Artículo 38. Declaración anual de gestión de deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados Artículo 39. Comunicación de inicio de actividad de los centros de gestión de deyecciones ganaderas. Artículo 40. Contenido del plan de gestión de las deyecciones ganaderas de los centros de gestión de deyecciones ganaderas Artículo 41. Libro de gestión de fertilizantes de los centros de gestión de deyecciones ganaderas
CAPÍTULO 5. Personas técnicas habilitadas
Artículo 42. Personas técnicas habilitadas. Artículo 43. Procedimiento de habilitación Artículo 44. Cese, suspensión y retirada de la condición de persona técnica habilitada
CAPÍTULO 6. De la gestión de las deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados fuera del marco agrario
Artículo 45. Gestión de las deyecciones ganaderas fuera del marco agrario Artículo 46. Personas gestoras de residuos que tratan deyecciones ganaderas con destino a aplicación agrícola. Artículo 47. Lodos de depuradora y otros residuos orgánicos
CAPÍTULO 7. Supuestos especiales de gestión de deyecciones ganaderas
Artículo 48. Gestión tradicional del estiércol en las explotaciones semiintensivas que están ubicadas en zonas de montaña Artículo 49. Actividades de investigación, investigación y/o transferencia tecnológica Artículo 50. Aplicación agrícola de deyecciones procedentes de fuera de Cataluña
CAPÍTULO 8. Inspección y control y métodos de análisis y Laboratorios
Artículo 51. Inspección, control y seguimiento Artículo 52. Procedimiento de control de las declaraciones anuales Artículo 53. Métodos de análisis y laboratorios
CAPÍTULO 9. Implantación de nuevas explotaciones ganaderas, ampliación de explotaciones ganaderas existentes y aplicación agrícola de deyecciones ganaderas en zona vulnerable
Artículo 54. Requisitos para la implantación de nuevas explotaciones ganaderas y ampliación de las existentes cuando afectan zonas vulnerables Artículo 55. Aplicación agrícola de deyecciones ganaderas en zona vulnerable
CAPÍTULO 10. Régimen sancionador y órganos competentes
Artículo 56. Régimen sancionador Artículo 57. Órganos competentes
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Instalaciones de ensilado D.A. 2ª. Plan de gestión agraria de los gestores de residuos D.A. 3ª. Planes de gestión conjuntos D.A. 4ª. Mejores Técnicas Disponibles D.A. 5ª. Limitación de los incrementos de ganado en zona vulnerable de ICR superior a 1,2 D.A. 6ª. Revisión de las designaciones de zonas vulnerables D.A. 7ª D.A. 8ª D.A. 9ª. Medidas de fomento D.A. 10ª. Revisión de la planificación de la gestión de residuos D.A. 11ª. Maduración de deyecciones en destino
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Revisión del programa D.T. 2ª. Planes de gestión en trámite D.T. 3ª. Adaptación de planes de gestión D.T. 4ª. Personas técnicas habilitadas D.T. 5ª. Centros de gestión de deyecciones D.T. 6ª. Autonomía de almacenamiento de deyecciones ganaderas en explotaciones ganaderas existentes D.T. 7ª. Almacenamientos colectivos existentes D.T. 8ª. Ubicación de instalaciones de almacenamiento o tratamiento en explotaciones existentes D.T. 9ª. Instalaciones de almacenamiento existentes
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Ejecución de derecho europeo D.F. 2ª. Agrupación de las zonas vulnerables D.F. 3ª. Modificación del Decreto 375/2000, de 21 de noviembre, por el que se crean y se regulan las mesas sectoriales agrarias D.F. 4ª. Modificación del Decreto 43/2017, de 2 de mayo, de reestructuración del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación D.F. 5ª. Plan de controles de la gestión de las deyecciones ganaderas y de otros fertilizantes nitrogenados D.F. 6ª. Planes piloto D.F. 7ª. Programa de reducción de nitrógeno D.F. 8ª. Asignación de N-ref D.F. 9ª. Normativa municipal D.F. 10ª. Facultad de desarrollo D.F. 11ª. Entrada en vigor ANEXO 1. Coeficientes estàndard de excreción nitrogenada ANEXO 2. Almacenamiento de deyecciones ganaderas ANEXO 3. Distancias a respetar ANEXO 4. Períodos en que no se pueden aplicar fertilizantes ANEXO 5. Dosis máximas de nitrógeno por hectárea que se pueden aplicar en zonas vulnerables ANEXO 6. Cálculo de la dosis de N a aplicar según el método del balance de N en parcela ANEXO 7. Requerimientos técnicos de los sistemas de aplicación de purines ANEXO 8. Distancias a respetar en la aplicación agrícola de fertilizantes nitrogenados ANEXO 9. Concentraciones máximas de nutrientes al suelo ANEXO 10. Metodología de muestreo de suelos ANEXO 11. Contenido de la planificación de la fertilización ANEXO 12. Dosis máximas de nitrógeno procedentes de deyecciones que admite la base agrícola de un plan de gestión ANEXO 13. Contenido del libro de gestión de fertilizantes ANEXO 14. Concentración de N en las deyecciones ANEXO 15. Requerimientos de trazabilidad del transporte y aplicación de las deyecciones ganaderas y otros fertilizantes orgánicos ANEXO 16. Titulaciones ANEXO 17. Formación específica para la habilitación del personal técnico ANEXO 18. Indicadores ANEXO 19. Agrupación por áreas de las zonas vulnerables ANEXO 20. Lista de municipios pertenecientes a ZV-A, a ZV-A con ICR superior a 1,2 y en ZV-B ANEXO 21. Lista de municipios ubicados en zonas de montaña a los efectos de la gestión del estiércol