DECRETO 153/2019, de 3 de julio, de gestión de la fertilización del suelo y de las deyecciones ganaderas y de aprobación del programa de actuación en las zonas vulnerables en relación con la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias. - Diario Oficial de Cataluña de 05-07-2019
Índice
Texto
Ambito: Cataluña
Estado: VIGENTE. Validez desde 16 de Febrero de 2023
F. entrada en vigor: 25/07/2019
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 7911
F. Publicación: 05/07/2019
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CAPÍTULO 1. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Definiciones
Artículo 4. Cálculo del índice de carga ganadera
Artículo 5. Cálculo del nitrógeno aportado por las deyecciones ganaderas
CAPÍTULO 2. De las personas gestoras de deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados
Artículo 6. Personas gestoras de deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados
Artículo 7. Obligaciones y responsabilidades de las personas gestoras de deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados
Artículo 8. Centros de gestión de deyecciones ganaderas
CAPÍTULO 3. Gestión de las deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados en el marco agrario
SECCIÓN 1. De la gestión de las deyecciones ganaderas en el ámbito de las explotaciones ganaderas
Artículo 9. Reducción en la excreción del nitrógeno del ganado mediante la mejora de la alimentación o los sistemas de manejo
Artículo 10. Instalaciones de almacenamiento individual de las deyecciones ganaderas
Artículo 11. Autonomía de almacenamiento
Artículo 12. Instalaciones de tratamiento de deyecciones ganaderas en origen
Artículo 13. Requisitos de ubicación de las instalaciones de almacenamiento y de tratamiento de las deyecciones ganaderas en origen
Artículo 14. Transporte de deyecciones ganaderas y otros fertilizantes orgánicos
SECCIÓN 2. De la gestión de las deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados en el ámbito agrícola
Artículo 15. Medidas de carácter general
Artículo 16. Maduración de deyecciones ganaderas en destino
Artículo 17. Instalaciones de almacenamiento en destino
Artículo 18. Periodos en que no se pueden aplicar fertilizantes nitrogenados
Artículo 19. Cantidades máximas de nitrógeno aplicables a los cultivos en zonas no designadas como vulnerables
Artículo 20. Cantidades máximas de nitrógeno aplicables a los cultivos en zonas vulnerables
Artículo 21. Fraccionamiento de la fertilización nitrogenada
Artículo 22. Método de aplicación de los fertilizantes nitrogenados
Artículo 23. Equipos de aplicación de deyecciones
Artículo 24. Incorporación de los fertilizantes nitrogenados dentro del suelo
Artículo 25. Aplicación de fertilizantes nitrogenados en terrenos de fuerte pendiente
Artículo 26. Aplicación de fertilizantes nitrogenados en terrenos encharcados, inundables, helados o nevados
Artículo 27. Distancias a respetar en aplicación de fertilizantes nitrogenados
Artículo 28. Pastos sin aprovechamiento mixto
Artículo 29. Concentraciones máximas de nutrientes en el suelo
Artículo 30. Lixiviados de fertirrigación
Artículo 31. Acopio temporal de fertilizantes orgánicos a la explotación agrícola
Artículo 32. Asesoramiento en fertilización
CAPÍTULO 4. Régimen de intervención en la gestión de las deyecciones ganaderas
Artículo 33. Plan de gestión de las deyecciones ganaderas
Artículo 34. Contenido del plan de gestión de las deyecciones ganaderas
Artículo 35. Tramitación del plan de gestión
Artículo 36. Modificación del plan de gestión
Artículo 37. Libro de gestión de fertilizantes
Artículo 38. Declaración anual de gestión de deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados
Artículo 39. Comunicación de inicio de actividad de los centros de gestión de deyecciones ganaderas.
Artículo 40. Contenido del plan de gestión de las deyecciones ganaderas de los centros de gestión de deyecciones ganaderas
Artículo 41. Libro de gestión de fertilizantes de los centros de gestión de deyecciones ganaderas
CAPÍTULO 5. Personas técnicas habilitadas
Artículo 42. Personas técnicas habilitadas.
Artículo 43. Procedimiento de habilitación
Artículo 44. Cese, suspensión y retirada de la condición de persona técnica habilitada
CAPÍTULO 6. De la gestión de las deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados fuera del marco agrario
Artículo 45. Gestión de las deyecciones ganaderas fuera del marco agrario
Artículo 46. Personas gestoras de residuos que tratan deyecciones ganaderas con destino a aplicación agrícola.
Artículo 47. Lodos de depuradora y otros residuos orgánicos
CAPÍTULO 7. Supuestos especiales de gestión de deyecciones ganaderas
Artículo 48. Gestión tradicional del estiércol en las explotaciones semiintensivas que están ubicadas en zonas de montaña
Artículo 49. Actividades de investigación, investigación y/o transferencia tecnológica
Artículo 50. Aplicación agrícola de deyecciones procedentes de fuera de Cataluña
CAPÍTULO 8. Inspección y control y métodos de análisis y Laboratorios
Artículo 51. Inspección, control y seguimiento
Artículo 52. Procedimiento de control de las declaraciones anuales
Artículo 53. Métodos de análisis y laboratorios
CAPÍTULO 9. Implantación de nuevas explotaciones ganaderas, ampliación de explotaciones ganaderas existentes y aplicación agrícola de deyecciones ganaderas en zona vulnerable
Artículo 54. Requisitos para la implantación de nuevas explotaciones ganaderas y ampliación de las existentes cuando afectan zonas vulnerables
Artículo 55. Aplicación agrícola de deyecciones ganaderas en zona vulnerable
CAPÍTULO 10. Régimen sancionador y órganos competentes
Artículo 56. Régimen sancionador
Artículo 57. Órganos competentes
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Instalaciones de ensilado
D.A. 2ª. Plan de gestión agraria de los gestores de residuos
D.A. 3ª. Planes de gestión conjuntos
D.A. 4ª. Mejores Técnicas Disponibles
D.A. 5ª. Limitación de los incrementos de ganado en zona vulnerable de ICR superior a 1,2
D.A. 6ª. Revisión de las designaciones de zonas vulnerables
D.A. 7ª
D.A. 8ª
D.A. 9ª. Medidas de fomento
D.A. 10ª. Revisión de la planificación de la gestión de residuos
D.A. 11ª. Maduración de deyecciones en destino
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Revisión del programa
D.T. 2ª. Planes de gestión en trámite
D.T. 3ª. Adaptación de planes de gestión
D.T. 4ª. Personas técnicas habilitadas
D.T. 5ª. Centros de gestión de deyecciones
D.T. 6ª. Autonomía de almacenamiento de deyecciones ganaderas en explotaciones ganaderas existentes
D.T. 7ª. Almacenamientos colectivos existentes
D.T. 8ª. Ubicación de instalaciones de almacenamiento o tratamiento en explotaciones existentes
D.T. 9ª. Instalaciones de almacenamiento existentes
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Ejecución de derecho europeo
D.F. 2ª. Agrupación de las zonas vulnerables
D.F. 3ª. Modificación del Decreto 375/2000, de 21 de noviembre, por el que se crean y se regulan las mesas sectoriales agrarias
D.F. 4ª. Modificación del Decreto 43/2017, de 2 de mayo, de reestructuración del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
D.F. 5ª. Plan de controles de la gestión de las deyecciones ganaderas y de otros fertilizantes nitrogenados
D.F. 6ª. Planes piloto
D.F. 7ª. Programa de reducción de nitrógeno
D.F. 8ª. Asignación de N-ref
D.F. 9ª. Normativa municipal
D.F. 10ª. Facultad de desarrollo
D.F. 11ª. Entrada en vigor
ANEXO 1. Coeficientes estàndard de excreción nitrogenada
ANEXO 2. Almacenamiento de deyecciones ganaderas
ANEXO 3. Distancias a respetar
ANEXO 4. Períodos en que no se pueden aplicar fertilizantes
ANEXO 5. Dosis máximas de nitrógeno por hectárea que se pueden aplicar en zonas vulnerables
ANEXO 6. Cálculo de la dosis de N a aplicar según el método del balance de N en parcela
ANEXO 7. Requerimientos técnicos de los sistemas de aplicación de purines
ANEXO 8. Distancias a respetar en la aplicación agrícola de fertilizantes nitrogenados
ANEXO 9. Concentraciones máximas de nutrientes al suelo
ANEXO 10. Metodología de muestreo de suelos
ANEXO 11. Contenido de la planificación de la fertilización
ANEXO 12. Dosis máximas de nitrógeno procedentes de deyecciones que admite la base agrícola de un plan de gestión
ANEXO 13. Contenido del libro de gestión de fertilizantes
ANEXO 14. Concentración de N en las deyecciones
ANEXO 15. Requerimientos de trazabilidad del transporte y aplicación de las deyecciones ganaderas y otros fertilizantes orgánicos
ANEXO 16. Titulaciones
ANEXO 17. Formación específica para la habilitación del personal técnico
ANEXO 18. Indicadores
ANEXO 19. Agrupación por áreas de las zonas vulnerables
ANEXO 20. Lista de municipios pertenecientes a ZV-A, a ZV-A con ICR superior a 1,2 y en ZV-B
ANEXO 21. Lista de municipios ubicados en zonas de montaña a los efectos de la gestión del estiércol