Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil. - Boletín Oficial del Estado de 25-07-1889
- Ámbito: Estatal
- Estado: Versión VIGENTE. Validez desde 02 de Marzo de 2023
- Fecha de entrada en vigor: 25/07/1889
- Órgano Emisor: Presidencia Del Consejo De Ministros
- Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 206
- Fecha de Publicación: 25/07/1889
- Modificación realizada por Ley 30/1981, de 7 de julio, por la que se modifica la regulación del matrimonio en el Código Civil y se determina el procedimiento a seguir en las causas de nulidad, separación y divorcio.
(BOE de 20-07-1981) en vigor desde 08-08-1981 - Modificación realizada por Ley de 24 de abril de 1958 por la que se modifican determinados articulos del Codigo Civil
(BOE de 25-04-1958) en vigor desde 25-04-1958 - Texto Original. Publicado el 25-07-1889 en vigor desde 25-07-1889
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TITULO IV. DEL MATRIMONIO
La promesa de matrimonio no produce obligación de contraerlo ni de cumplir lo que se hubiere estipulado para el supuesto de su no celebración.
No se admitirá a trámite la demanda en que se pretenda su cumplimiento.
Modificaciones