Real decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal. - Boletín Oficial del Estado de 17-09-1882
- Ámbito: Estatal
- Estado: Versión VIGENTE. Validez desde 22 de Octubre de 2020
- Fecha de entrada en vigor: 15/10/1882
- Órgano Emisor: Ministerio De Gracia Y Justicia
- Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 260
- Fecha de Publicación: 17/09/1882
- Modificación realizada (680) por Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
(BOE de 28-04-2015) en vigor desde 28-10-2015 - Texto Original. Publicado el 17-09-1882 en vigor desde 15-10-1882
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TÍTULO III. DE LA CELEBRACIÓN DEL JUICIO ORAL
Los debates del juicio oral serán públicos, bajo pena de nulidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.
Modificaciones